De acuerdo a la Ley Nº 28858 solo pueden ejercer la ingeniería aquellos profesionales hábiles en el Colegio de Ingenieros del Perú
De acuerdo a la Ley Nº 28858 solo pueden ejercer la ingeniería aquellos profesionales inscritos y hábiles en el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) y para asegurarnos de que esto sea así les recordamos que en el Congreso Nacional de Consejos Departamentales realizado en Tarapoto en el año 2010, el CIP según su acuerdo número 30 ordenó la emisión de un único formato de Certificado de Habilidad, el mismo que ha reemplazado a los anteriores que eran emitidos en formatos diferentes por cada Consejo Departamental del Colegio de Ingenieros del Perú.
En relación a esto se informó que durante los últimos 5 años, la cantidad de ingenieros colegiados en nuestro país ha ascendido aproximadamente de 60 mil a 135 mil y que en promedio, solo en provincias se presentan cada mes, alrededor de 200 casos de documentación falsa o mal utilizada por malos empresarios o dudosos profesionales, por tal motivo les recordamos a todos los ingenieros que ahora existe un único formato de certificado de habilidad y que este sólo lo otorga el Consejo Nacional del CIP.
El certificado está impreso en UV con marca de agua bitonal que es exclusiva del fabricante; está dotado de una imagen tridimensional y texto legible por el anverso y reverso; el papel contiene fibrillas, unas visibles a simple vista y otras únicamente con luz ultravioleta. Posee punto termocromático con logo oculto, la numeración secuencial con código de barra y microtexto con error forzado (falla técnica).